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Carnet familia numerosa

Carnet familia numerosa

Datos

Fecha
04/01/2015

CARNET DE FAMILIA NUMEROSA ANDALUCíA


¿Qué es una familia numerosa?

Es aquella familia que está formada por:

- Uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes.

- Uno o dos ascendientes con dos hijos (comunes o no), y al menos uno de los hijos con discapacidad o incapacitado para trabajar.

- Dos ascendientes con dos hijos (comunes o no), cuando los progenitores tengan discapacidad o estén incapacitados para trabajar, o al menos uno de ellos con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

- El padre o la madre separados o divorciados con tres o más hijos, comunes o no, aunque estén en distintas unidades familiares, si están bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el hogar conyugal.

- Dos hermanos huérfanos de padre y madre, sometidos a tutela, acogimiento o guarda, sin estar a expensas del tutor, acogedor o guardador.

- Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre mayores de 18 años o dos, si uno tiene discapacidad, que convivan y tengan dependencia económica entre sí.

- El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.

 

¿Qué es el título de familia numerosa?

Es el documento que se concede para acreditar la condición de familia numerosa, así como la categoría en que la misma está clasificada y poder hacer uso de aquellos beneficios que estén establecidos para este tipo de familias, para lo cual deberá presentarse este título cada vez que quieran beneficiarse de las ayudas previstas. El título tendrá validez en todo el territorio nacional.

 

¿Cómo se obtiene el título de familia numerosa?

La solicitud y los documentos que deban acompañarse se han de presentar

- En la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

- El Ayuntamiento correspondiente a la residencia habitual de la persona solicitante

-En los registros, oficinas de correos o en cualesquiera otros que establezcan las disposiciones vigentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Beneficios 

El título de familia numerosa permite beneficiarse de exenciones y bonificaciones de tasas y precios por servicios o actividades por la administración pública, en materia de educación, transportes, vivienda, ocio y cultura.